Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
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30-06-2017, 03:54 PM
(Este mensaje fue modificado por última vez en: 30-06-2017 04:10 PM por Ainara.)
Mensaje: #1
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Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
Laa clásicas de denuncias por carta por bajarse material con copyright que tan comunes son en Alemania por ejemplo, parece que han llegado aquí también. Según comenta el creador de dicho hilo os llegó una diligencia preliminar y les disteís los datos de ese chico.
¿ Podeía aclarar más al respecto? |
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30-06-2017, 04:10 PM
Mensaje: #2
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RE: Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
Kaixo baronluigi,
Euskaltel, en el procedimiento de Diligencias Preliminares indicado en la carta recibida, resulta obligado a entregar al juzgado la identificación de concretas direcciones IP utilizadas en unas fechas concretas por clientes. Por tanto, Euskaltel. 1. En ningún momento identifica a los titulares de dichas direcciones IP como autores de infracción alguna. 2. Entrega información únicamente a requerimiento de los Tribunales y Juzgados 3. Dicha información no se entrega a cualquier tercero sino únicamente al Juzgado o Tribunal en el procedimiento de referencia. Esperamos haber aclarado tus dudas. |
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02-07-2017, 02:04 PM
Mensaje: #3
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RE: Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
Me he enterado por la prensa. No haéis informado de nada, habéis callado. Y estáis dando nuestros datos sin nuestro consentiminto, pero lo peor, sin informarnos absolutamente de nada.
Habéis entregado los datos a ese despacho para que ahora se dediquen a amenazar y a coaccionar a la gente. GRACIAS. |
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02-07-2017, 02:08 PM
Mensaje: #4
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RE: Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
Kaixo BILBOKOA,
Euskaltel en ningún momento identifica a los titulares de las direcciones IP y ha sido entregada por requerimiento de Tribunales y Juzgados. Agur bat. |
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02-07-2017, 06:34 PM
Mensaje: #5
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RE: Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
Una duda para euskaltel,
Los datos creo que los puede solicitar un juzgado siempre que exista algún delito penal. En caso contrario el operador se puede negar a dar dichos datos. Y aquí viene ni duda, la demanda que ha llegado a Euskaltel indicaba la obligatoriedad para euskaltel de dar dichos datos? Y que en caso contrario estaría cometiendo un delito? O.. ¿Sido euskaltel quien ha dado los datos solicitados sin "pelear" por la obligatoriedad de dar dichos datos? Por favor confirmarnos como ha sido la situación porque si ha sido el segundo caso solicito ahora mismo la baja de todos mis contratos con euskaltel Me da igual que no se identifiquen a los titulares, habeis proporcionado las direcciones IP que al final es lo mismo, por favor confirmarnos como ha sido todo porque me parece muy grave. |
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02-07-2017, 06:55 PM
Mensaje: #6
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RE: Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
Kaixo lordkurt,
Euskaltel, en el procedimiento de Diligencias Preliminares indicado en la carta recibida, resulta obligado a entregar al juzgado la identificación de concretas direcciones IP utilizadas en unas fechas concretas por clientes. Ondo izan. |
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02-07-2017, 06:56 PM
Mensaje: #7
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RE: Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
Según el artículo el juez ha obligado a euskaltel a facilitarlos y hay una obligatoriedad de facilitarlos al juzgado.
Hay una sentencia. Por lo que se lee y han confirmado algunos que han recibido la famosa carta y han visto la sentencia, euskaltel ganó el juicio en primera instancia y en segunda instancia tras recurrir el juez le dio la razón al demandante obligando a facilitar los datos al juzgado. |
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03-07-2017, 10:24 AM
Mensaje: #8
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RE: Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
(02-07-2017 06:56 PM)marijai escribió: Según el artículo el juez ha obligado a euskaltel a facilitarlos y hay una obligatoriedad de facilitarlos al juzgado. Ok, si es asi, ninguna queja para euskaltel. |
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04-07-2017, 08:38 AM
Mensaje: #9
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Cesion ilegal de datos de usuarios por parte de Euskaltel
Euskaltel ha entragado los datos de varios clientes a un abogado como consecuencia de la resolución de tres de abril de 2017 del Juzgado de lo Mercantil 1 de Bilbao en las Diligencias Preliminares 890/2016-E. El abogado reclamaba que Euskaltel entregara el nombre de los titulares de varias IPs que supuestamente han compartido la pelicula "Dallas Buyers Club" a traves de P2P.
Tras consultar con varios abogados especialistas en propiedad intelectual, no puedo mas que llegar a la conclusion de que esta cesion de datos es ilegal. Los datos facilitados por Euskaltel a este abogado por resolución judicial en fase preliminar vulneran la Ley 25/2007 de Conservación de Datos, que manifiesta con toda claridad que: “Esta Ley tiene por objeto la regulación de la obligación de los operadores de conservar los datos generados o tratados en el marco de la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas o de redes públicas de comunicación, así como el deber de cesión de dichos datos a los agentes facultados siempre que les sean requeridos a través de la correspondiente autorización judicial con fines de detección, investigación y enjuiciamiento de delitos graves contemplados en el Código Penal o en las leyes penales especiales.” No solo esos datos no pueden facilitarse en un procedimiento civil, sino que incluso en procedimientos penales está constreñido a que los delitos investigados sean de los calificados como graves. Incluso existen precentes, en ese sentido el Auto de la Audiencia Provincial de Madrid de 8 de julio de 2011 que, desestimando el recurso de la acusación particular contra el auto que denegaba la prueba solicitada, manifiesta: “SEGUNDO.-.- El recurso no puede prosperar. La Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones en su art EDL 2007/159198 . 1.1 dice: " Esta Ley tiene por objeto la regulación de la obligación de los operadores de conservar los datos generados o tratados en el marco de la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas o de redes públicas de comunicación, así como el deber de cesión de dichos datos a los agentes facultados siempre que les sean requeridos a través de la correspondiente autorización judicial con fines de detección, investigación y enjuiciamiento de delitos graves contemplados en el Código Penal EDL 1995/16398 o en las leyes penales especiales ". En la exposición de motivos de esta Ley se dice: "...cabe señalar que la Directiva se refiere, expresamente, a que los datos conservados deberán estar disponibles a los fines de detección o investigación por delitos graves, definidos éstos de acuerdo con la legislación interna de cada Estado miembro". Por lo tanto la referida Ley es muy clara y contundente, y se refiere únicamente a la investigación de delitos graves, remisión que conduce a lo previsto en el artículo 13 y 33 del Código Penal EDL 1995/16398 , esto es, a aquellos en que la pena señalada para el delito sea de prisión superior a cinco años.” Me gustaria que ofrecierais una explicacion tecnica, en lenguaje legal, que pueda ser revisada por un abogado, que explique claramente por que se han cedido estos datos en conta de la legislacion vigente. Yo no soy abogado y los datos que aporto los he obtenido tras consultar con expertos en la materia que pueden no tener toda la informacion necesaria para afirmar sin lugar a dudas que se ha cometido una ilegalidad, es por eso que lo expongo aqui, en el foro, para darles la oportunidad publica de explicarse ante todos los usuarios que se han visto afectados por su actuación. Les ruego que no se tomen este asunto a la ligera y sean profesionales y diligentes, ya que a mi juicio se estan jugando ustedes una demanda que puede dañar seriamente la imagen de la compañia y una mas que probable baja masiva de usuarios como ya se puede intuir a la vista de varios hilos en distintos foros de internet. |
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04-07-2017, 09:53 AM
Mensaje: #10
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RE: Las "clásicas" cartas de denuncia por bajarse cosas llegan a España
Euskaltel ha hecho lo que estaba obligada a hacer por ordenamiento judicial. Quien la ha cagado en este caso es el juzgado en cuestion, que ha dado la orden al ISP en unas preliminares para un proceso civil cuando ya hay jurisprudencia al respecto de que solo es posible dar ese paso en procesos penales (y solo en delitos graves) y no en civiles. Por eso cualquier prueba o identificación obtenida de esta manera terminará siendo considerada nula.
Es un comentario como hay muchos iguales en otros foros. |
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